Tu permanencia y tu baja del móvil o internet

Con las fechas y los importes de tu contrato: la penalización que permite la ley si te vas antes de tiempo, si un cambio de condiciones te deja irte sin penalización y si te cobran días de después de la baja.

BetaSección en pruebas. Las cifras salen de lo que escribes, de las tablas oficiales y de la norma.

¿Cómo quieres empezar?

Puedes subir tu contrato y tus facturas de teléfono o internet para rellenar los datos con lo que se lea en ellos, o escribirlos tú. Antes de revisar nada, confirmas cada dato.

Qué dice la norma de tu permanencia y tu baja

Cuánto puede durar un contrato de móvil o internet, cuánto te pueden cobrar si te vas antes, cuándo puedes irte sin pagar la permanencia porque cambian las condiciones y en cuántos días tiene que surtir efecto la baja, con la norma de la que sale cada cosa.

Revisado el 14 de octubre de 2026Fuentes: Ley 11/2022 · Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios · Real Decreto 899/2009Quién está detrás

La permanencia y su penalización

Un contrato de un consumidor con su operador de móvil o internet no puede durar más de veinticuatro meses (Ley 11/2022, art. 67.7, en vigor desde el 30-06-2022). Cumplido ese plazo, se prorroga solo; tras la prórroga, puedes rescindirlo en cualquier momento con un preaviso de un mes como mucho, sin más coste que el servicio que recibes durante el preaviso.

Si te vas antes de que acabe la permanencia, la penalización tiene que ser proporcional a los días que faltaban. Lo dice el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, con efectos desde el 01-01-2022:

«En caso de que el usuario incumpla el compromiso de permanencia adquirido con la empresa, la penalización por baja o cese prematuro de la relación contractual, será proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.»

Por ejemplo, con 180 € de penalización pactada, 549 días de permanencia y 184 días por cumplir al irte, la parte proporcional es 180 × 184 / 549 = 60,33 €. La revisión hace esa cuenta con tus fechas.

Normas

Si el operador cambia las condiciones

El operador tiene que comunicarte cualquier cambio de las condiciones con al menos un mes de antelación, de forma clara y comprensible y en un soporte duradero, y decirte que puedes rescindir el contrato sin ningún coste adicional si no aceptas las nuevas. Puedes hacerlo en el mes siguiente a la comunicación. No vale para los cambios que solo te benefician, los estrictamente administrativos sin efectos negativos ni los que impone una norma (Ley 11/2022, art. 67.8).

Si te vas así antes de que acabe la permanencia, no pagas ninguna compensación salvo por el terminal subvencionado que te quedes: como mucho, su valor prorrateado o lo que quedaba de cuota hasta el final del contrato, si es menos (art. 67.10). Si la subida sale de una cláusula del contrato que la ata a un índice de precios, la revisión la muestra como información, sin cifra.

Normas

La baja en dos días hábiles

Puedes darte de baja cuando quieras, avisando al operador con al menos dos días hábiles de antelación al día en que quieres que surta efecto. Y sobre lo que se cobre después, la norma dice (Real Decreto 899/2009, art. 7):

«El operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja.»

Ese real decreto sigue vigente en lo que no se oponga a la Ley 11/2022, hasta que se apruebe su desarrollo (disposición transitoria primera). La norma no dice qué días son hábiles: la revisión no cuenta sábados, domingos ni festivos nacionales, que da el día más tardío; lo que te cobren del día siguiente lo señala para revisar, sin sumarlo, porque un festivo de tu comunidad podría moverlo, y lo de después sí lo cuenta.

Puedes poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebraste (texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, art. 62.3), y el procedimiento de baja tiene que dejarte constancia del contenido de tu solicitud (Real Decreto 899/2009, art. 7).

Normas

Dónde informarte gratis

La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, del Ministerio, resuelve desacuerdos con operadores.

Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones

Lo que la revisión no mira

  • Si el precio que te cobran es el que pactaste.
  • Las compensaciones por cortes del servicio.
  • Si pediste tú los servicios de tarificación adicional o de terceros que te cobran: solo lo sabes tú.
  • Si contrataste cada cuota que te cobran: solo lo sabes tú.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pueden cobrar por la permanencia?

Como mucho, la parte de la penalización pactada que corresponde a los días que faltaban: la penalización tiene que ser proporcional a los días no efectivos de la permanencia (texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, art. 62.5, con efectos desde el 01-01-2022). Por ejemplo, con 180 € pactados, 549 días de permanencia y 184 días por cumplir, 180 × 184 / 549 = 60,33 €. El contrato de un consumidor no puede durar más de veinticuatro meses (Ley 11/2022, art. 67.7). Y si te vas en el mes siguiente a que el operador te comunique un cambio de condiciones, no pagas penalización: solo, si te lo quedas, el terminal subvencionado, como mucho por su valor prorrateado (art. 67.8 y 67.10).

¿Me pueden cobrar por irme?

Con permanencia, como mucho su parte proporcional a los días que faltaban (texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, art. 62.5). Si te vas en el mes siguiente a que el operador te comunique un cambio de condiciones, ninguna compensación salvo por el terminal subvencionado que te quedes (Ley 11/2022, art. 67.8 y 67.10). Tras la prórroga de un contrato que ya cumplió su plazo, puedes irte con un preaviso de un mes como mucho, sin más coste que el servicio de ese tiempo (art. 67.7). Y lo que se devengue después del plazo de dos días hábiles en que debía surtir efecto la baja, por una causa que no es tuya, el operador no lo puede facturar ni cobrar (Real Decreto 899/2009, art. 7).

¿Qué pasa con mis documentos?

Si subes tu contrato y tus facturas, se envían cifradas a un servidor de Amazon Web Services en España, que se los pasa a un modelo de IA (Claude, de Anthropic, a través de Amazon Bedrock) dentro de la Unión Europea. Llevan tu nombre, tu DNI, tu dirección, tus números de teléfono y tu cuenta: el modelo tiene orden de no copiar nada de eso, ni los números a los que llamas, el número de cliente o de contrato ni el IMEI; sí copia el nombre del operador. No se guarda nada. Si prefieres no subir nada, puedes escribir los datos y nada sale de tu dispositivo.

¿Qué incluye el pase de 4,99 €?

El pase vale para cualquier revisión de la web durante 7 días, solo en el navegador con el que pagas. Aquí se ofrece si lo que te cobran por encima de la norma suma 4,99 € o más. Te deja descargar el informe en PDF de tu baja y, si la penalización pasa de lo que permite la norma, la carta que pide revisarla. La carta que comunica tu baja sin penalización tras un cambio de condiciones es gratis. En otro dispositivo, en una ventana privada o si borras los datos de navegación, el pase se pierde.